REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000067
En el día de hoy, martes ocho (08) de noviembre del año Dos mil once (2011), siendo las diez de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano MANUEL DE JESUS MARTINEZ RONDON contra las empresas TRANSPORTE PACCOR, C.A; TRANSPORTE PAF,C.A. y solidariamente MOLINOS VENEZOLANOS, C.A. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte actora, representada en este acto por los Abogados JOSE SEGURA DIAZ y JOSMIR SEGURA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 95.580 y 145.144 respectivamente. Asimismo se deja constancia que la parte demandada TRANSPORTE PACCOR, C.A y TRANSPORTE PAF, C.A se encuentran representadas en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: JAVIER EMIRO SUAREZ ARROYO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 77.551 y la empresa demandada solidaria: “MOLINOS VENEZOLANOS, C.A (MOLVENCA)”, se encuentra representada en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: JORGE ROJAS , inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 105.305. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria MIRBELIS ALMEA ALVAREZ y el Alguacil JOSE GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la parte actora representada por el Abogado JOSMIR SEGURA, anteriormente identificada, quien ratifico lo expuesto y alegado en su libelo de demanda.
Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:
LA PARTE ACTORA PROMOVIÓ Y EVACUO LA SIGUIENTES PRUEBAS:
Pruebas Documentales:
• Copias de facturas de entrega marcadas con la letra A1: (f.8-10 pieza 2). La representación judicial de la parte demandada impugno dicha documental por tratarse de una copia simple. La representación de la parte actora insistió en hacer valer la prueba promovida.
• Guías de control de Productos Alimenticios marcadas B1: (f.11-13 pieza 2) La representación judicial de la parte demandada impugno dicha documental por tratarse de una copia simple. La representación de la parte actora insistió en hacer valer la prueba promovida.
• Órdenes de carga marcadas con la letra C1: (f.14 pieza 2) La representación judicial de la parte demandada impugno dicha documental por tratarse de una copia simple. La representación de la parte actora insistió en hacer valer la prueba promovida.
• Reproducciones Fotográficas marcadas D1, E1, F1: (f.15-18 pieza 2) La representación judicial de la parte demandada impugno dicha documental por no indicar donde fueron tomadas dichas fotografías, quien las tomo y en que fecha fue tomadas. La representación de la parte actora insistió en hacer valer la prueba promovida e indica al tribunal que en el caso de querer verificar la veracidad de las mismas, se apertura una articulación probatoria conforme a lo dispuesto en el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
• Carnet marcado G1: (f.15-19 pieza 2) La representación judicial de la parte demandada impugno dicha documental . La representación de la parte actora insistió en hacer valer la prueba promovida.
Prueba testimonial:
• Robert Traviezo: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
• Kervin Otoniel Martínez: compareció a la celebración de la audiencia, le fueron leídas las generales de ley y prestó el juramento de ley. Ambas representaciones judiciales realizaron preguntas al testigo.
• Andrés Antonio Barreto: compareció a la celebración de la audiencia, le fueron leídas las generales de ley y prestó el juramento de ley. Ambas representaciones judiciales realizaron preguntas al testigo.
• Víctor Ilarraza: compareció a la celebración de la audiencia, le fueron leídas las generales de ley y prestó el juramento de ley. Ambas representaciones judiciales realizaron preguntas al testigo.
• Luís Marchan: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto
• Nelido Velásquez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto
PRUEBAS DE LA DEMANDA:
TRANSPORTE PACCOR C.A.
Prueba Documental:
Documento Constitutivo y actas de Asambleas de Transporte Paccor, C.A. marcado B: (f. 25-38 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Registro de Información Fiscal marcado C: (f. 39 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Declaración de rentas y pago para personas jurídicas, comunidades y sociedades de personas incluyendo actividades de hidrocarburo y minas marcado D: (f. 40-45 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Licencia de patente de Industria y comercio marcado E: (f. 46 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Declaración, autoliquidación y ajuste impositivo del impuesto sobre patente de industria y comercio para contribuyente permanente y eventual marcado F: (f. 47-49 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Listado del seguro social obligatorio de los trabajadores activos de Transporte Paccor C.A. marcado G: (f. 50 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante impugno la prueba aportada por cuanto considera que la misma se trata de una prueba creada por la demandada.
Listado de los trabajadores activos de Transporte Paccor C.A. marcado H: (f. 51 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante impugno la prueba aportada por cuanto considera que la misma se trata de una prueba creada por la demandada.
Facturas emitidas a las empresas Cartón de Venezuela, Kairos Nutrición C.A., C.A. Alimentos Fontana marcado J: (f. 52 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante solicita sea desechada por no aportar nada al proceso.
Contrato de transporte entre Corporación Inlaca y Transporte Paccor C.A. marcado K: (f. 53-56 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante impugno la prueba aportada por cuanto la misma no se encuentra debidamente suscrita , además de tratarse de una copia simple.
Inspección Judicial realizada en la empresa MOLVENCA marcado L: (f.57-65 pieza 2). La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Prueba de Informe:
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales: (no consta)
Archivo del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Yaracuy: (f.136 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Prueba Testimonial:
Adeliz Alvarado: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Pedro Pérez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Robert Traviezo: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Jerameel Díaz: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Imer González: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Tomás Rodríguez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Giovanny Alvarez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Carmelo Bueno: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Hugo Vivas: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Héctor Soteldo: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Orlando Figueroa: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Félix Tovar: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Carlos Crespo: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Hermes Pastor Ferrer: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Luís Beltrán: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Ali Pinto: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
América Caruci: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Miguel Almeida: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Fran Yorcy Rincón Saúl Galeano: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Maria Peralta: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
José Luís Colmenares: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Arcadio Harrison: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Ali Villegas Vivas Agüero: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Pedro Escalona: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Carlos José López: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Oswaldo Marcos Maldonado: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
José Antonio Maneiro Escalante: Silva No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Héctor Peña: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Juan Mújica: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Julio Garrido: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Luís Saturno: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Enrique Franco: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Giovanny Álvarez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto
Juan Peña: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Leonardo Palmar: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Ovidio Jesús Moreno: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Cesar García: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Franklin Sandoval: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Pablo Castillo: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Prueba testimonial para reconocimiento de firma y contenido:
Marcos Maldonado: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Emilver Montiel: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Jymy Mogollón: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Jorge Zheng: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Neumar Silva: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Prueba de Inspección Judicial:
MOLVENCA: : (f. 138-148 pieza 2). La representación judicial de la parte actora alega que dicha prueba no permite establecer la veracidad de los hechos demandados .
TRANSPORTE PAF C.A.
Prueba Documental:
Documento Constitutivo y atas de Asambleas de Transporte Paf C.A. marcado B: (f. 75-85pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Registro de Información Fiscal marcado C: (f. 86 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Declaración de rentas y pago para personas jurídicas, comunidades y sociedades de personas incluyendo actividades de hidrocarburo y minas marcado D: (f. 87 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Licencia de patente de Industria y comercio marcado E: (f. 88pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Declaración, autoliquidación y ajuste impositivo del impuesto sobre patente de industria y comercio para contribuyente permanente y eventual marcado F: (f. 89-91 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante no realizo observación alguna.
Listado del seguro social obligatorio de los trabajadores activos de Transporte Paf C.A. marcado G: (f. 92 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante señala que dicha prueba debe ser desechada por emanar de la demandada. La representación judicial de la demandada insiste en hacer valer la prueba.
Relación de empleados ahorro habitacional marcada H: (f. 93-94 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante señalo que la documental que ruiela al folio 93 por tratarse de una prueba cuya lectura resulta imposible no puede realizar observación alguna. Con respecto al folio 94 señala que dicha prueba emana de un ente privado y que por ende debio ser ratificado su contenido. Pide sea desechada.
Listado de los trabajadores activos de Transporte Paccor C.A. marcado I: (f. 95 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante señalo que se por tratarse de una documental cuya lectura resulta imposible no puede realizar observación alguna.
Cuenta individual del Seguro Social marcada J: No consta a los autos.
Facturas emitidas a las empresas Tecnoplast C.A., Alfonca Alimentos Fontana C.A., Corp Plast C.A. a Polinter C.A. marcado K: (f. 98 pieza 2). La representación judicial de la parte demandante señala que dicha prueba debe ser desechada por tratarse de instrumentos privados creados por la demandada a favor de un tercero. La representación judicial de la demandada insiste en hacer valer la prueba.
Contrato de transporte entre Corporación Inlaca y Transporte Paf, C.A. marcado L: (f. 101-103 pieza 2) La representación judicial de la parte demandante señala que dicha prueba debe ser desechada por no estar debidamente suscrita por los presuntos contratantes.
Inspección Judicial a MOLVENCA marcado M: (f.104-112 pieza 2) La representación judicial de la parte actora alega que dicha prueba no permite establecer la veracidad de los hechos demandados .
Prueba de Informe:
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales: (no consta)
Prueba Testimonial:
Alexander Linarez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Rafael Hernando: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Simón Vargas: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Arsenio Amaya: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Domingo Ordóñez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Eduardo Rodríguez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Carlos Pérez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Franklin Díaz: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
José Gregorio Pérez: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Jhony Petit:No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Hermes Ferrer: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Fran Yorcy rincón: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Harrison Ali Villegas: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
José Antonio Maneiro: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Emilver Montiel:No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Jymy Mogollón: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Jorge Zheng:No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Neumar Silva: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Luís Beltrán: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Ali Pinto: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
América Caruci: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Miguel Almeida :No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Saúl Galeano: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Maria Peralta: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Juan Peña:No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
José Luís Colmenares: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Arcadio Agüero: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Pedro Escalona: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Carlos José López: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Oswaldo Silva: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Héctor Peña :No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Juan Mújica: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Julio Garrido: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Alex Guillen: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Luís Saturno: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Leonardo Palmar: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Enrique Franco: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Salvador García: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Ovidio Moreno: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Cesar García: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Franklin Sandoval: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Américo González: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
José Rafael Villareal: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Báez Chávez Dionisio: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Ramón Sulbaran: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Pablo Castillo: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Prueba Testimonial para reconocimiento de firma y contenido:
Marcos Maldonado: No compareció a la celebración de la audiencia, por lo cual se declaro desierto dicho acto.
Prueba de Inspección Judicial:
MOLVENCA: (f. 138-148 pieza 2) La representación judicial de la parte actora alega que dicha prueba no permite establecer la veracidad de los hechos demandados.
La demandada solidaria Molvenca no promovió Pruebas al proceso.
Una vez escuchadas ambas intervenciones, la representación judicial de la parte demandada solidariamente solicito el derecho de palabra, mediante la cual manifestó que sin ánimos de querer alterar el orden procesal de la presente causa, consideraba oportuno señalar que el ciudadano juez debía conforme a lo dispuesto en el articulo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, realizar una averiguación referente a la participación del actor en la causa signada con el N° UP11-L-2088-000597, ello a los fines de no dar lugar a un fraude procesal. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora quien manifestó, que ciertamente su representado había interpuesto demanda contra la demandada de autos, pero también es cierto que la misma fue debidamente desistida y tal desistimiento corre inserto a las actas procesales de la señalada causa. El ciudadano Juez se retiró por espacio de sesenta (60) minutos para dictar el dispositivo. De regreso a la sala de audiencia, el ciudadano Juez advierte que, por la complejidad del asunto debatido y, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena DIFERIR la lectura del dispositivo de la sentencia para las nueve y treinta de la mañana (09:30 A.M) del quinto (5°) día hábil siguiente contados a partir de la presente fecha exclusive. Momento para el cual se exhorta a las partes para que acudan por ante esta misma sala a escuchar la decisión.
EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
PARTE ACTORA POR LA DEMANDADA
Abg. JOSE SEGURA ABG. JAVIER SUAREZ
ABG. JOSMIR SEGURA ABG. JORGE ROJAS
La Secretaria,
Abg. Mirbelis Almea
LOS TESTIGOS
Kervin Otoniel Martínez
Andrés Antonio Barreto
Víctor Ilarraza
El alguacil,
JOSE GONZALEZ
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