REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, VEINTICINCO (25) DE OCTUBRE 2011.-
Años: 201° y 152°.-
Visto el escrito que antecede suscrito por el abogado Oscar E. Rincón Carles, inscrito en el Inpreabogado N°65.007, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadanos Wilfredo Julián Hernández, Aleida María Sánchez Olmedo de Da Rocha, Juan Carlos Sánchez Olmedo, Josefina Elena Sánchez Olmedo y Lourdes Elena Olmedo (v) de Sánchez, plenamente identificados en autos, cursante al folio 238, donde expone que su poderdante ciudadana Lourdes Elena Olmedo (v) de Sánchez, de 80 años de edad no puede comparecer al estado Miranda, en la ciudad de Altos de Pipe, donde se encuentra el Laboratorio del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas para realizarse la experticia Heredo-biológica, pautada para el día 28 de octubre del año en curso, por encontrarse en mal estado de salud, la cual consigna en autos informes médicos, y solicita a este Juzgado buscar otra vía para dar cumplimiento a lo establecido en la ley; este tribunal en consecuencia acuerda notificar nuevamente al Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas a los fines de informarles que la ciudadana Lourdes Elena Olmedo (v) de Sánchez, titular de la cédula de identidad N°2.241.768, de 80 años de edad, domiciliada en la Finca “La Envidia”, Kilómetro 53, Carretera Nacional Aroa-Marín, Municipio Bolívar, Estado Yaracuy, no puede trasladarse a practicarse el examen pautado para el día 28/10/2011, a las 10:00am, por encontrarse delicada de salud, por tal situación solicito que dicho instituto nombre a unos de sus expertos a los fines que sea trasladado ida y vuelta por los interesados, a realizar o tomar la muestra sanguínea a la ciudadana Lourdes Elena Olmedo (v) de Sánchez. Líbrese Oficio.
El Juez Superior,
Abg. Eduardo J. Chirinos
La Secretaria,
Abg. Linette Vetri Meleán.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro oficio N° 193.
La Secretaria,
Abg. Linette Vetri Meleán.
Exp. N° 5818.
EJC/lvm.