REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 20 de Octubre de 2011
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: HILDA MERCEDES ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.968.730 domiciliada en la Comunidad de Palo Verde antigua cañería de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y OBSVALDO SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.457.177 con domicilio en la Comunidad de Palo Verde antigua cañería de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los ciudadanos: ALBERTO JOSE MELENDEZ GRIMAN Y REINALDO JOSE MELENDEZ TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros° V- 18.683.727 y V- 7.590.564 respectivamente de éste domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que los solicitantes fomentaron en un lote de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI), que mide ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS (11.331,43 m2), ubicado en la Vía principal la Villa entre terrenos Agrícolas, Sector la pona de la Comunidad de la Villa Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida por una casa construida de bloques y distribuida en una habitación, un baño, sala-cocina, paredes sin frisar, techo de zinc, piso de tierra con sus servicios básicos; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por Ignacio Galeano en 97.00 M; SUR: Terreno ocupado por Darío Meléndez en 81.00 M; ESTE: Via principal La Villa su frente en 159.20 M; OESTE: Quebrada la Pona en 151.80 M.; Según se evidencia del Certificado de empadronamiento N° 22-03-02-AR-114-15-05 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Septiembre del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1739/2011.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez

EBA/EM/klency.-