REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 07 de Octubre de 2011
Años: 201° y 151°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: MARTA ANTONIA ASUAJE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.555.639, domiciliada en San Ramón Calle San Miguel Parroquia Campo Elias Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y DAMIAN JOSE GARCIA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.587.538, domiciliada en la Calle Principal frente a la Escuela Casa Nro. 67, San Ramón Parroquia Campo Elias Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: MARIA FAUSTINA RIERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-11.279.348, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la Calle Principal entre Avenida 25 de Diciembre y Avenida San Miguel Arcángel Comunidad San Ramón Parroquia Campo Elias Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: QUINIENTOS SETENCTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (579,67 Mts2) consistente en Una (1) Casa construida con paredes de adobe, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Un (1) porche, Una (1) sala-comedor-cocina con una (1) ventana de hierro y Una (1) puerta de entrada de hierro, dos (2) habitaciones con ventanas de hierro y Una (1) puerta trasera de hierro, ademas tengo en construcción otro inmueble con solo paredes de bloque rustico, distribuida asi: Un (1) porche, Una (1) sala-comedor- cocina y Dos (2) habitaciones, cercadas dichas bienhechurías con estantillos de madera viva y muerta a Cinco (5) pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad y aguas blancas, siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Ramón Castellano (17,50 M), SUR: Casa que es o fue de Pastora Riera (17,10 M), ESTE: Calle Principal su frente (34,10 M) y OESTE: Casa que es o fue de Pablo López (33,00 M)). Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado, en un área de Construcción de R-4- 75,93 M2. Se le asignó el No. 1671-2011.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).

El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria

Abg. Erlen Martinez
Abg.EBA/EM/gc