REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000485

En el día de hoy, miércoles veintiséis (26) de Octubre del año dos mil once (2011) siendo las diez de la mañana (10:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por la ciudadana: MARIA ANGELINA CORONA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.240.865 contra ALIMENTOS LA INTEGRAL, C.A.
Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Verificándose la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentra presente por la parte actora la ciudadana: MARIA ANGELINA CORONA, quien se encuentra debidamente asistida por el profesional del derecho: JOSE LUIS OJEDA ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.594 y en representación de la parte demandada se encuentra presente el profesional del derecho: JOSE ELIAS PINTO OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.255.
Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la Secretaria MIRBELIS ALMEA ALVAREZ y el Técnico Audiovisual y Alguacil ISRAEL SCHWARZ.
Posteriormente, el ciudadano juez instó a las partes al uso de los medios alternos de resolución de conflicto, ambas representaciones judiciales manifestaron su interés de alcanzar un acuerdo que ponga fin a la presente causa.
En este estado el ciudadano juez, tomó la palabra y señaló que vistas las manifestaciones de voluntad expresadas por las partes y ante la posibilidad de lograr un acuerdo que satisfaga a ambas representaciones, es por lo que se acordó diferir la celebración de la audiencia de juicio, por un lapso aproximado de quince (15) días, ello a los fines de que las partes puedan reunirse y discutir los puntos controvertidos, en la búsqueda de un acuerdo. De igual manera se acuerda que una vez vencido el lapso otorgado, el tribunal por auto separado procederá a fijar la oportunidad en la cual se celebrara la audiencia de juicio en la presente causa. Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.


EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO

ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
PARTE DEMANDANTE: PARTE DEMANDADA:
MARIA ANGELINA CORONA
Abg. JOSE ELIAS PINTO
Abg. JOSE LUIS OJEDA

LA SECRETARIA,

ABG. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ


El Técnico Audiovisual/
Alguacil

ISRAEL SCHWARZ
CMFG/MAA*
UP11-L-2010-000485 PIEZA Nº 1