REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 23 de Septiembre de 2011
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos PEDRO RAMON HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 821.912 domiciliado en la Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUAN BAUTISTA BASTIDAS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.574.809 con domicilio en la Comunidad de Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: JESUS MARIA HERNANDEZ YOVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-2.571.091 y de éste domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Municipal que mide CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (495,00 mts2), ubicado en la calle 12 entre avenidas 3 y 4 de la comunidad de Guatanquire II de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de: Dos casas y un área de servicio, la primera casa con paredes de bloques, piso de Terracota, techo de acerolit, y platabanda, distribuida de la siguiente manera: Un porche enrejado, tres cuartos con puertas de madera, un local con su Santamaría y una sala de estar. La segunda casa consta de dos plantas, la planta baja con una cocina empotrada, techo de platabanda, piso de terracota, con dos cuartos y un baño, y la planta alta con dos cuartos, techo de acerolit, un baño y un salón de estar; y el área de servicio consta de un corredor techado con acerolit y un cuarto con paredes de bloque; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de Julio Meléndez en 45.00 ml; SUR: Casa de Teodora Suárez en 45.00 ml; ESTE: Casa de José de la Cruz Sosa en 11.00 ml; OESTE: Calle 12 su frente en 11.00 ml; Según se evidencia del Certificado de empadronamiento N° 22-03-01-U01-101-44-25 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 11 de Marzo del



año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1625/2011.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez





EBA/EM/klency.-