REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 10 de Abril del 2012
Años: 201° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EDGAR ANTONIO RIVERO GALINDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.477.348 domiciliado en Campo Elias, Calle Miranda con Bolívar, Nº de la Casa 20 del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y YONY MANOLO VARGAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.968.099 y domiciliado en la Calle 13 entre Avenida 6 y 7, Nº 12 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos CESAR MIGUEL, JULIO CESAR y CESAR EDUARDO DIAZ PARRA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 13.502.945, 14.997.477 y 16.111.293 respectivamente y todos de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propio ubicado en la Avenida 6 con Calle 11, Comunidad Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 377,32 Mts2 y un área de Construcción de 328,38 Mts2, dicha bienhechuria posee las siguientes características: un (1) edificio de dos (2) plantas, la planta baja: consiste en cinco (5) locales, cinco (5) salas de baños, un (1) pasillo y un (1) área de garaje y la planta alta: consta de dos (2) salones, cinco (5) habitaciones, una (1) cocina, un (1) pasillo, un (1) salón múltiple, una (1) escalera que comunica con la planta baja; la estructura general de la edificación es en concreto armado, techo en platabanda corrida, paredes en bloques de cemento totalmente con friso liso, piso de granito, ventanas de hierro y vidrio, cercada totalmente con paredes propias de bloques con todo sus servicios y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 6 (su frente) en 19,20 ml; SUR: Casa que es o fue de Petra de Casimiro en 19,67 ml; ESTE: Calle 11 en 19,39 ml OESTE: Casa que es o fue de Reinaldo Mogollón en 16,60 ml; según se evidencia en la CEDULA CATASTRAL, Código Catastral N° 22 03 01 AUR 101 42 05, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 14 de Febrero del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1934/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.