REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 24 de Abril de 2012
Años: 201° Y 153°


EXPEDIENTE



Nº 1818/2011

PARTE OFERENTE


Ciudadano FERNANDO JOSE FRANCO GARCES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 218.684.583 de éste domiciliado.



PARTE OFERIDA




Ciudadana ELIANNIS ESTHER CAMACHO SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.177.402 de éste domicilio.

MOTIVO



OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION


DECISION EXTINCION DE LA INSTANCIA


JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 24 de Abril de 2012
Años: 201° y 153°


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente de de Obligación de Manutención, se evidencia que en fecha 16/03/2011 compareció el ciudadano: FERNANDO JOSE FRANCO GARCES, a realizar ofrecimiento de Obligación de manutención a favor de su hijo Identidad Omitida conforme a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente. Dicha solicitud fue admitida en fecha 21 de Marzo de 2011 de conformidad con lo previsto en el articulo 369 parágrafo 3°, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto la oferida ciudadana ELIANNIS ESTER CAMACHO SUAREZ, residía fuera de la Jurisdicción se acordó librar oficio y despacho al Juzgado de los Municipios Sucre, la Trinidad y Arístides Bastidas de la circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, la cual fue devuelta debidamente cumplida por cuanto la ciudadana ELIANNIS CAMACHO firmó la Boleta de citación en fecha 28/07/2011, así pues, recibida dicha comisión, se libró telegrama al oferente para que compareciera a la celebración del acto conciliatorio, dejándose expresa constancia en fecha 23 de Septiembre de 2011 que el mismo no se celebró por cuanto ninguna de las partes comparecieron, así mismo se dejo constancia que la ciudadana ELIANNIS CAMACHO no compareció a dar contestación al ofrecimiento efectuado por el ciudadano FERNANDO FRANCO.
En fecha 09 de Noviembre de 2011, mediante auto se acordó citar telegráficamente al ciudadano FERNANDO FRANCO, para que manifestara si deseaba continuar con el proceso y hasta la presente fecha no ha comparecido a darle Impulso procesal y por cuanto han transcurrido mas de Seis Meses en que fue citada la parte oferida sin que conste en auto que ninguna de las partes haya realizado alguna actuación o manifestado su interés en que se le sentencie, dicha inactividad demuestra el desinterés procesal, lo cual se traduce en el decaimiento y extinción de la acción intentada y así se decide.


DECISION

Por las razones procedentemente expuestas, éste Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: LA EXTINCION DE LA INSTANCIA, por Pérdida del interés del ciudadano FERNANDO JOSE FRANCO GARCES, en el Ofrecimiento de la Obligación de Manutención a favor de su hijo Identidad Omitida conforme a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente,.

SEGUNDO: En consecuencia se acuerda EL CIERRE DE LA CAUSA.-

Publíquese y Regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase con lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, a los Veinticuatro (24) días del mes de Abril del año Dos Mil Doce (2012). Años: 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA. La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 10:15 a.m; y se cumplió con lo ordenado. Se certificaron copias. La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/ klency.-
EXP. N° 1818/2011