REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y
EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO YARACUY

San Felipe, Veintisiete (27) de Abril de 2012
202º Y 153º

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2010-000285
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano: REINALDO ANTONIO MUJICA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.277.389.
PARTE DEMANDADA: BUILDING CONSTRUCTORES, C.A.
EN LA PERSONA DEL CIUDADANO: JOSÉ LOZADA, en su condición de Presidente de la empresa demandada.
REPRESENTADA POR EL ABOGADO: OSCAR ALFONZO CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 126.125.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En San Felipe, Estado Yaracuy, a los veintisiete (27) de abril del año 2012, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el expediente signado con el Nº UP11-L-2010-000285, de la nomenclatura de este Juzgado, contentivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el Ciudadano: Ciudadano: REINALDO ANTONIO MUJICA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.277.389, CONTRA: la empresa BUILDING CONSTRUCTORES, C.A., en la persona del ciudadano JOSÉ LOZADA, en su condición de Presidente. Anunciado como ha sido el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Abogada ERIKA ELEONOR SUÁREZ SEQUERA, quien deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante, el ciudadano: REINALDO ANTONIO MUJICA PÉREZ, previamente identificado, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, a la instalación de la Audiencia Preliminar, igualmente, se deja expresa constancia en este acto de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su Apoderado Judicial, el Abogado OSCAR ALFONZO CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 126.125, carácter que se desprende de los autos. Seguidamente y en virtud de la incomparecencia de la parte actora, se procede conforme a lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Por lo que ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente asunto, una vez quede firme la presente decisión. Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación,




Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.) del mismo día, previo pronunciamiento oral de la presente decisión. Se levanta la presente acta, de la cual se hacen tres (03) ejemplares a un mismo tenor y a un sólo efecto en la ciudad de San Felipe, a los veintisiete (27) días del mes de Abril del año 2012.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.-
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,



ABG. ERIKA ELEONOR SUÁREZ SEQUERA
JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY

LA PARTE DEMANDADA,

BUILDING CONSTRUCTORES, C.A.
REPRESENTADO POR:





ABG. OSCAR ALFONZO CASTILLO





EL SECRETARIO,


ABG. RUBÉN ARRIETA