REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de abril de 2012
202° y 153°

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2009-000475
PARTE DEMANDANTE: GLADYS RAMONA MONTILLA ESCALONA e IRMA JOSEFINA MENDOZA.
ASISTIDAS POR: Abgdos. MARY LENY DOMINGUEZ y PEDRO CAÑAS- I.P.S.A Nº 127.019 y 58.234
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD)
MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los veintisiete (27) días del mes de abril de 2012, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y comenzar el proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por las ciudadanas: GLADYS RAMONA MONTILLA ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº 7.556.775 e IRMA JOSEFINA MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.907.768, asistidas por los abogados: MARY LENY DOMINGUEZ y PEDRO CAÑAS MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 16.481.201 y V- 8.046.318e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 127.019 y Nº 58.234; en CONTRA del INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD), representado por la Lic. ESTELA JACOME, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.589.640. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato de que para este acto se encuentra presente la parte demandada, el INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD) en la persona de su Apoderado Judicial, abogado ERVING RAMON TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-4.964.573 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.670; quien al serle requerido, presenta original y copia del Instrumento Poder en donde consta su representación a los fines de que previa certificación de la copia la misma sea agregada a los autos. A continuación el Juez ordena la Certificación por Secretaria de la copia y agregarla a los autos. También se encuentra presente la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY, en la persona de su Apoderada Judicial abogada ISIS MARIAN SILVA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-18.547.988 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 140.548; quien al serle requerido, presenta original y copia del Instrumento Poder en donde consta su representación a los fines de que previa certificación de la copia la misma sea agregada a los autos. A continuación el Juez ordena la Certificación por Secretaria de la copia y agregarla a los autos. Se deja expresa constancia de que no se encuentra presente la parte actora: las ciudadanas: GLADYS RAMONA MONTILLA ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº 7.556.775 e IRMA JOSEFINA MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.907.768,; las cuales no concurrieron a la realización de la presente Audiencia Preliminar; por si o por medio de Apoderado legalmente constituido; Incompareciendo en consecuencia a la realización de la Audiencia Preliminar; por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y UNA VEZ DEFINITIVAMENTE FIRME ESTA DECISIÓN, ORDENESE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN.
Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy siendo las 11:00 a.m. del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
DIOS Y FEDERACION
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS

Por la Demandada
Por la Procuraduría del Estado

El Secretario

Abgdo. RUBEN ARRIETA ALVARADO