REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY

SAN FELIPE, VEINTITRES (23) ABRIL DE DOS MIL DOCE (2012)
201° y 152°

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2009-000438

PARTE DEMANDANTE EUTILIO CECILIO MANRRIQUE CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.938.624

APODERADA BETZAIDA ALEXANDRA ZERPA BLASCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.142.122

PARTE DEMANDADA FUNDACIÓN PARA LA PRESERVACIÓN CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE LA SALUD DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD DEL ESTADO YARACUY, en la persona de su presidente JUDELSSY KATIUSKA MENDEZ LARA.

ABOGADO ASISTENTE EMILIO JOSE ZAMAR GUTIERREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el No. 56.021

MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy, a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil doce (2012), siendo las dos de la tarde (02:00 P.M), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Jueza MAGDYELIS ROCIO CASTRO PEREIRA, anunciada como ha sido la prolongación de la Audiencia Preliminar, y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada, de la causa signada con el No. UP11-L-2009-000438 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano EUTILIO CECILIO MANRRIQUE CHAVEZ, representado en este acto por la abogada en ejercicio BETZAIDA ALEXANDRA ZERPA BLASCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.142.122, representación que consta en autos. CONTRA: FUNDACIÓN PARA LA PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE LA SALUD DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD DEL ESTADO YARACUY, en la persona de su presidente JUDELSSY KATIUSKA MENDEZ LARA, quien se encuentra presente en este acto, asistida por el abogado EMILIO JOSE ZAMAR GUTIERREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el No. 56.021. La ciudadana Jueza, declara abierto el acto y da inicio a la prolongación de Audiencia Preliminar; de la revisión de las actas procesales que integran el presente asunto se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el dispositivo normativo 136 de la ley adjetiva laboral, razón por la cual este Juzgado da por concluida la presente prolongación de la Audiencia Preliminar. Igualmente, de conformidad con el articulo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena agregar a los autos, los medios de pruebas presentados por la parte demandante, constantes de: TRES (03) folios útiles, y CATORCE (14) folios útiles como anexos de medios de pruebas, de igual forma los consignados por la parte demandada contentivo de CUATRO (04) folios útiles el escrito de promoción de prueba, y VEINTICUATRO (24) folios útiles como anexos de medios de pruebas; quedando abierto el lapso establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la contestación de la demanda. Finalmente, la Ciudadana Jueza ordenó la lectura integra de la presente acta, quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido.
PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN.
Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, siendo las 02:00 p.m. del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA,

ABG. MAGDYELIS ROCIO CASTRO PEREIRA


ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO,


ABG. RUBEN ARRIETA