REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 08 de Agosto del 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: LUPE MARIA FIGUEROA FUENTES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.082.536 domiciliada en el Caliche Calle Principal del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MIREYA RAMONA TOVAR PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.492.811 y domiciliada en el Caserío el Caliche Calle Principal del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DILCIA TOVAR AGUIAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.076.131 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dicen poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti, ubicado en la Calle Principal entre Callejón la Manga y Callejón la Quebrada Comunidad el Caliche del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 390,06 Mts2 y un Área de Construcción de 31,04 Mts2, dicha bienhechuria consiste en un (1) rancho de una (1) sola pieza, construido con paredes de bahareque, techo de zinc, piso de cemento pulido y tierra con una (1) puerta de entrada y una (1) de salida ambas de madera, con una (1) ventana de madera, cercado perimetral con empalizada de estantillos de madera viva y muerta a cinco (5) pelos o cintas de alambre de púas con servicio de aguas blancas y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle Principal ( su frente) en 12,20 ml; SUR: Casa que es o fue de Zulay Jiménez en 11,10; ESTE: Casa que es o fue de Ruperto Fuentes en 14,00-16,50 ml OESTE: Rancho Urbano de la Familia Malpica en 23,90 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 R01 127 05 03 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 25 de Junio 2012. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2141/2012.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.