REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 10 de Agosto del 2012
Años: 202° y 153°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: IRAIMA YURIDIA RODRIGUEZ PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.438.515 domiciliada en la Comunidad de la Bartola del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y LILIANA ROSA HERRERA LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.859.754, con domicilio en la Comunidad de La Bartola del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano TORIBIO VALECILLOS TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.511.432 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierra (Inti), que mide aproximadamente SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (746,48 Mts2), en un área de construcción de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTIMETROS ( 48,16 Mtrs2), Ubicado en la calle principal esquina avenida 3 del sector la Bendición de la comunidad de la Bartola Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de: Una casa construida con paredes de bloque frisados una parte, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Una sala-comedor-cocina, una habitación de dos ventanas de hierro y un baño, con una puerta de entrada y otra de salida ambas de hierro, además existe una fabrica, construida con bases de concreto armado y cabillas de hierro y paredes de bloque rustico a una altura aproximada de 1.80 metros, cercada perimetralmente con paredes de bloque rustico y servicio de electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Familia López en 29.90 ml; SUR: Avenida 3 en

30.10 ml; ESTE: Calle principal su frente en 24.80 ml; OESTE: Terreno ocupado por Francisco Silva en 24.80 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-01-AR-123-02-06, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 18 de Julio del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2150/2012.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,



Abg. Erlen Martínez



EBA/EM/klency.-