República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Guama: Miércoles, Cinco (05) de Diciembre del año Dos Mil Doce.
AÑOS: 202º y 153º

El presente procedimiento se inició mediante escrito de SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO con sus respectivos anexos, presentado en fecha veinte (20) de Noviembre de 2012, por el ciudadano ORLANDO LOYO ESCOBAR, portador de la Cédula de Identidad No. 7.913.266, asistido por el Abogado ALBERTO JOSE RODRIGUEZ LOZADA, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 67.338, en donde expuso lo siguiente:

Que para fines legales que le interesaban, pidió la comparecencia ante este Tribunal del ciudadano JORGE LUIS CARMONA, portador de la Cédula de Identidad No. 7.553.024 y domiciliado en la Calle Sabaneta, Barrio Sabaneta, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, para que reconociera o no en su contenido y firma el documento privado que a los efectos acompañó; que una vez tramitada y ejecutada la presente solicitud le fuese devuelto el original con sus resultas.

En fecha jueves, veintidós (22) de Noviembre de 2012, este Tribunal mediante auto admitió la solicitud bajo el Nº 1578/12, ordenando la citación del ciudadano JORGE LUIS CARMONA, anteriormente identificado. (f. 04).

En fecha miércoles (28) de Noviembre de 2012, mediante diligencia el Alguacil de este Tribunal, consignó recibo de citación, debidamente firmado por el ciudadano JORGE LUIS CARMONA, portador de la Cédula de Identidad No. 7.553.024. (Vuelto f. 05).

En fecha Lunes, Tres (03) de Diciembre de 2012, siendo la oportunidad legal fijada para que el ciudadano JORGE LUIS CARMONA, portador de la Cédula de Identidad No. 7.553.024, concurriera ante este Tribunal al acto de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, manifestó: “Si reconozco el documento que el Tribunal me exhibe, tanto en el Contenido como la Firma que lo suscribe, por haber sido yo quien firmó dicho documento. (f. 06).

En atención de que el ciudadano JORGE LUIS CARMONA, portador de la Cédula de Identidad No. 7.553.024, compareció en la oportunidad señalada al acto de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, tal como consta en el folio seis (06) de la presente solicitud, este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado acompañado a la solicitud, cursante del folio tres (03), de conformidad con las disposiciones del Articulo 631 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Articulo 1.364 del Código Civil. Devuélvase original de estas actuaciones a la parte solicitante tal como fue solicitado, una vez que provean las copias fotostáticas del presente expediente para su certificación y archivo en este Tribunal. Désele salida, tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado.

En Guama, a los Cinco (05) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Doce. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-

LA JUEZA PROVISORIA,
EL SECRETARIO,
Abg. Ligia Ode Silveira.
Abg. Juan Carlos Santos Álvarez.

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Juan Carlos Santos Álvarez.

LOS/Jcsa/maría
Exp N° 1578/12.

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARISTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 112 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL VIGENTE, CERTIFICA: La autenticidad de la copia que antecede, la cual es traslado fiel y exacto del original que la contiene y que se encuentra inserta al folio siete (07) del Expediente de SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA signado con el Nº 1578/12 llevado por este Tribunal.-

GUAMA: Miércoles, Cinco (05) de Diciembre de 2012.

El Secretario,



Abg. Juan Carlos Santos Álvarez.
Exp N° 1578/12.
JCSA/maría.