Exp 2963/11
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 09 de Enero de 2012.
Año 201º y 152º.
Por cuanto en la presente causa en la cual la ciudadana: MIREYA JOSEFINA VASQUEZ GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 7.413.018, actuando en su carácter de Presidenta de la Firma Mercantil DIHETEIN,C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 06 de Marzo de 2008, bajo el N°: 34, Tomo 366-A, consignó pago del Canon de Arrendamiento de un inmueble ubicado en la carrera 18 entre calles 12 y 14, Local N°: 05 de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyo canon es de CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 5.152,00) mensuales, consignación que fue notificada al ciudadano: PEDRO RAMON LANZAROTE, titular de la cédula de identidad Nº: 4.384.478, quien se presentó ante este Juzgado y solicitó le fueran entregadas las cantidades de dinero depositadas a su nombre, el Tribunal procedió y en consecuencia ordenó la entrega del dinero solicitado, con lo cual la causa produjo el resultado perseguido por la solicitante, quedando la causa terminada. Este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Terminada la presente causa y ordena el archivo del presente expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua a los Nueve (09) días del mes de Enero del año 2012. Año 201º y 152º.
El Juez
Abg. Octavio Méndez Mújica.
La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón
En la misma fecha y siendo las 11:00 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón
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