REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 22 de Febrero del 2012
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ANGELA ROSA PEREZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.266.187, domiciliada en la comunidad de Pueblo Nuevo de la Ciudad de chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUSTO GERMAN LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.502.954, con domicilio en la comunidad Pueblo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MARIA YOLANDA ALVAREZ LIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.558.028 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno propiedad Municipal, que mide CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS ( 193,30 Mts2 ), ubicado en el Final de la Calle 7 de la comunidad de Pueblo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistentes de Una casa construida con paredes de bloque rustico, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Un porche con enrrejillado de hierro y puerta de entrada de hierro, una sala con una ventana de hierro con vidrios, tres habitaciones una con puerta de madera y todas con ventanas de hierro con vidrios, una cocina con una puerta de salida de hierro, y dos baños, uno interno y otro externo, totalmente cercada dicha bienhechuria con paredes de bloque rustico, con sus servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Final calle 7 su frente en 13.085 ml; SUR: Terreno ocupado por Yomaira Gutiérrez en 13,80 ml; ESTE: Casa que es o fue de Lázaro Camacho en 13,70 ml; OESTE: Casa que es o fue de Carlos Julián López en 14,35 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento con código catastral N° 22-03-01-AU-105-27-05 otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 14 de Diciembre del año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1883/2012.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTR ACOSTA La secretaria,

EBA/EM/klency.- Abg. ERLEN MARTINEZ