TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 14 de febrero de 2012
AÑOS: 201º y 152º


ASUNTO: UP11-J-2011-001403

DEMANDANTE: Ciudadano WELDON SIMÓN PEÑA PINTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 10.365.431.

DEMANDADA: Ciudadana YAXIRA MAGDALENA MORA NOGUERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.077.263.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A


En fecha once (11) de octubre de 2011, se recibió solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del código civil, interpuesta por el ciudadano WELDON SIMÓN PEÑA PINTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 10.365.431, en contra de la ciudadana YAXIRA MAGDALENA MORA NOGUERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.077.263. Se admitió la presente demanda el día catorce (14) de octubre de 2011 y se fijó la audiencia de evacuación de pruebas, para el día 1 de febrero de 2011, a las dos de la tarde (2:00 p.m.). En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la no comparecencia de los ciudadanos WELDON SIMÓN PEÑA PINTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 10.365.431, ni el demandado ciudadana YAXIRA MAGDALENA MORA NOGUERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.077.263.
Ahora bien, vista la no comparecencia de las partes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los catorce (14) días del mes de febrero de 2012. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Juez,

Abg. BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ

La Secretaria,

Abg. PILAR VALVERDE MEDINA

En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 12:30 p.m.-



La Secretaria,

Abg. PILAR VALVERDE MEDINA
















ASUNTO: UP11-J-2011-001403