REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 13 de Julio de 2012
Años: 201° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: FRANCISCO JOSE GOMEZ VALLE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.157.534, domiciliado en la Avenida 5 entre Calles 23 y 24, Barrio Peguaima de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y PEDRO CELESTINO DURAN VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.481.654, domiciliado en la Calle 2 San Antonio Peguaima Casa Nro. 05, de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: YESICA CAROLINA FERNANDEZ CALVETE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros.V-17.993.204, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Calle Guatanquire entre Avenida Bolívar y Avenida Miranda Sector el Centro Parroquia Campo Elias Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS (244.60 mts 2) dichas bienhechurías esta construida por: Una (1) Casa que posee las siguientes características: Paredes de bloques de cemento, columnas de concreto, techo de platabanda y distribuida de la siguiente manera: Dos (2) Cuartos con sus respectivas puertas de madera, Dos (2) Baños con cerámica en piso y pared y puertas de madera, Una (1) Cocina totalmente empotrada con granito cerámicas, Una (1) sala- comedor, piso totalmente de porcelanato, Cuatro (4) ventanas con sus respectivos protectores de hierro forjado, Una (1) puerta de entrada de seguridad, Una (1) puerta trasera de hierro forjado, Un (1) Lavadero construido con columnas de concreto de 20x20, vigas de 2x1 y techo de Acerolit, Un (1) Tanque subterráneo totalmente cercada con bloques con sus instalaciones de aguas blancas, aguas servidas e instalaciones eléctricas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Sucesión Calvete (25,80 M) SUR: Casa y Solar que es o fue de la Familia Palacio (23,60 M) ESTE: Calle Guatanquire su frente (10,10 M) y OESTE: Casa y Solar que es o fue de la Familia Sira (10,10 M), en un area de construcción de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (106,42 m2), según se evidencia de Certificado de Empadronamiento, Código Catastral N° 22-03-02-R01-102-06-04, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha: 14-06-2012. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 2103/2012
El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta

La Secretaria.

Abg. Erlen Martinez.


Abg. EBA/EM/gc