REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 06 de Julio de 2012
Años: 201° y 153°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanas: MIGDALIA DEL CARMEN SANCHEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.764.229, domiciliada en el Sector el Centro de la Parroquia Campo Elias Casa sin numero del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, y ELVIRA DE LOURDES SIRA ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.284.738, domiciliada en la Avenida Bolívar, Calle Capuchino Centro de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: AMARELIS YANIRA MELENDEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nros. V-15.283.115, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la Via de Acceso a la Calle Principal la Puente Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: DOS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (2.319,30 Mts2) Unas bienhechurías consistentes en: Un rancho de Una (1) pieza, distribuido de la siguiente manera: Dos (2) habitaciones y Una (1) sala-cocina y comedor, construido con paredes de barro, techo de zinc y piso de cemento rustico con una (1) puerta de entrada de hierro, totalmente cercadas dichas bienhechurías con cerca de estantillos de madera viva y muerta a Cuatro (4) pelos de alambre de púas, con sus servicios de aguas y electricidad, Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Terrenos ocupado por Oswaldo Paguana y Campo Deportivo (66,53 M), SUR: Via de Acceso su frente, Terrenos ocupados por Marcelo Suárez y José Duran (67,41 M.), ESTE: Terrenos ocupados por Oswaldo Paguana (50,24 M) y OESTE: Quebrada Grande (33,85 M). Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 2077-2012. Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).
El Juez
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
Abg.EBA/EM/gc