REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
YARACUY.
San Felipe, 26 de Junio de 2012.
Años: 202° y 153°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, SELSA MARIA ARENAS PINEDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 7.906.274 y domiciliada en la Ermita vieja, vía al Aeropuerto casa S/N, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, y MARIA LEONIDA HERRERA TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 10.369.179 y domiciliada en la Pradera 13, calle 03 casa 92, Cocorote, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: MERCEDES BETANCOURT DE GUTIERREZ, LUIS MARTIN GUTIERREZ BETANCOURT, LUIS MARTIN GUTIERREZ PINTO, LUIS ALBERTO GUTIERREZ BETANCOURT, JHANNY CAROLINA GUTIERREZ BETANCOURT Y LUIS HENRRIQUE GUTIERREZ BETANCOURT(tal como se evidencia en copia de cedula anexa), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 2.573.098, V- 8.514.810, V- 9.541.118, V- 10.859.753, V- 12.280.953 y V- 13.618.469, respectivamente, cónyuge e hijos del ciudadano: LUIS MARTIN GUTIERREZ, quien era titular de la cedula de identidad Nº V- 2.563.944, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.

EL JUEZ,

ABG. CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L., GONZÁLEZ A.





Exp. Nº 567-12