REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 15 de Junio de 2012
Años: 201° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadano : WILLIAM ENRIQUE ROJAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.726.637, domiciliado en la Avenida 8 entre calle 3 y 4 de la Comunidad de la Peñita del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y MARIOLSI VIVIANA AGATON GRANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.439.983 y domiciliado en la Comunidad de Teteiba del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: MARIA MARCELINA DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 13.503.754, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida 3, entre calle 3 y calle el Galpón de la Comunidad de Teteiba, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: QUINIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (568,30 mts2) constituida por unas bienhechurías, consistentes en: Un rancho construido con paredes de barro, techo de zinc, y piso de cemento rustico, con una puerta de entrada de hierro, totalmente cercadas dichas bienhechurias, con cerca de estantillos de madera viva y muerta, a cinco (5) pelos de alambre de púas con sus servicios de electricidad, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 3 su frente, en una longitud de (13,60 M) SUR: Casa y solar que es o fue de Eva Castillo y Nataly Mendoza, en una longitud ( 14,20 M), ESTE: Casa que es o fue de Simón Mendoza, en una Longitud de (41,20 M), y OESTE: Casa y solar que es o fue de Mary Rojas, en una longitud (40,60M), según Certificado de Empadronamiento Código Catastral N° 22-03-02 R01-109-17-03, emitida por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha: 29-05-2012. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 2049/2012.
El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta

La Secretaria Acc,

Abg. Maricela Valle.




Abg. EBA/MV/cy.-