REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 20 de Junio de 2012
Años: 201° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: VICTOR RUBEN LUGO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.673.290, domiciliado en la Calle 3 con Avenida 5 de la Comunidad de Teteiba de la Parroquia Campo Elías del Municipio del Estado Yaracuy, y JENNIMAR SALAS REA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.482.686, y domiciliada en la Comunidad de Teteiba Calle la Manga de la Parroquia Campo Elias Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: CARLOS ARTURO NORIEGA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros.E-83.069.059, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle 3, Entre Avenidas 6 y 7, Comunidad de Teteiba Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375,00 mts2) constituida por unas bienhechurías consistentes en Un rancho construido con paredes de barro, techo de zinc y piso de tierra, con una (1) puerta de entrada de hierro, totalmente cercadas dichas bienhechurías con cerca de estantillos de madera viva y muerta a Tres (3) pelos de alambre de púas, con sus servicios de electricidad, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por Lidize Pérez (15,00 M) SUR: Terreno ocupado por Angela Tovar (15,00 M) ESTE: Calle 3 su frente (25,00 M) y OESTE: Terreno ocupado por Johermi Tovar (25,00 M), según se evidencia de Certificado de Empadronamiento, Código Catastral N° 22-03-01-R01-109-21-05, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha: 30-05-2012. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 2056/2012
El Juez
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria Acc.
Abg. Maricela Valle.
Abg. EBA/MV/gc