REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 05 de Junio de 2012
Años: 201° y 153°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos YEDEGAR GENADIO LOBATON GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.279.026, domiciliado en la urbanización Bicentenario de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy y DANIEL ENRIQUE OVIEDO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.905.495, domiciliado en la Comunidad de Pueblo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ANDRES MANUEL CASTILLO TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.913.575, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre una bienhechuria construida en un lote de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la avenida 4 entre calles 3 y 4 de la Comunidad de José Félix Rivas de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, que mide DIEZ MIL CATORCE METROS CUADRADOS (10.014,00 Mts2), en un área de construcción real de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (44,80 Mtrs2) consistentes en: Una Casa de habitación familiar construida con paredes de bloque de cemento frisados, techo de acerolit soportado por vigas metálicas, piso de cemento pulido, siete ventanas de hierro, tres puertas de hierro, cercada en su totalidad con estantillos de madera y pelos de alambres de púas y distribuida de la siguiente manera: Una sala-comedor, un área de cocina, dos cuartos, un baño, instalaciones de aguas servidas y potable, con luz eléctrica superficiales básicas, un tanque para almacenamiento de agua construido en concreto y cerámica y con plantaciones de matas frutales tales como Aguacates y de cambur; Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Avenida 4 su frente en V1 al V2 en 78.64 ml, SUR: Via Agrícola V3 al V4 en 126.40 ml, ESTE: Club Los Araguatos V2 al V3 en 68.80 ml; y OESTE: Casas de la comunidad la Esperanza V3 al V1 en 154.24 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-01-U01-121-36-02 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 24 de Enero del año 2012.Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 2032-2012.

El Juez,


Abg. Efraín Ballester Acosta La Secretaria Acc,


Abg. Maricela valle





EBA/MV/klency.-