REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, dos de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO UP11-J-2012-000269

SOLICITANTE: LISETH DEL CARMEN GUTIERREZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 15.108.318, domiciliada en la Urb. Daniel carias, final de la calle 13, entre veredas 1 y 2, Chivacoa, Municipio Bruzual estado Yaracuy.

ADOLESCENTES Y NIÑO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

ABOGADO ASISTENTE: ENIO JOSE RIVERO YAGUAS, INSCRITO EN EL IPSA BAJO el Nro 37.811.

Motivo: JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA.

En fecha 08 de Febrero de 2012 se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de TITULO DE UNICO UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana LISETH DEL CARMEN GUTIERREZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 15.108.318, domiciliada en la Urb. Daniel carias, final de la calle 13, entre veredas 1 y 2, Chivacoa, Municipio Bruzual estado Yaracuy en su condición de representante legal de los adolescente y niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quienes se encuentran asistidos por el Abg. ENIO JOSE RIVERO YAGUAS, INSCRITO EN EL IPSA BAJO el Nro 37.811, mediante la cual solicitan se les declare a la solicitante a sus hijos adolescente y niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, Herederos del ciudadano FRANCISCO JAVIER SAMPAYO TEJEDA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 6.603.919 y falleció en fecha 07 de Diciembre de 2011.

En fecha 10 de Febrero de 2012 se admitió la presente causa, asimismo, se acordó prescindir de la realización de la audiencia de la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, y decidir la solicitud dentro de los cinco (5) días siguientes de que constara en autos, la declaración de los testigos promovidos.

Al folio 11 del expediente, riela declaración de la ciudadana LUISELI COROMOTO BARRIOS DE ARAUJO , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.253.423, domiciliada en LA urbanización Los Deportistas, calle 2 casa N° 19, sector Savayo, Municipio Independencia Estado Yaracuy, en torno a la causa.


Al folio 12 del expediente, riela declaración del ciudadano DEYVIT JOSE CARBALLO MENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.798.333, domiciliado en La Morita Nueva, sector 1, avenida 2, vereda 6, Municipio Cocorote Estado Yaracuy, en torno a la causa.

Revisadas las actuaciones del expediente y por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: a la ciudadana LISETH DEL CARMEN GUTIERREZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 15.108.318, domiciliada en la Urb. Daniel carias, final de la calle 13, entre veredas 1 y 2, Chivacoa, Municipio Bruzual estado Yaracuy, a los adolescente y al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quienes se encuentran asistidos por el Abg. ENIO JOSE RIVERO YAGUAS, INSCRITO EN EL IPSA BAJO el Nro 37.811, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano FRANCISCO JAVIER SAMPAYO TEJEDA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 6.603.919 y falleció en fecha 07 de Diciembre de 2011, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvanse los originales con sus resultas al solicitante y déjese copia fotostática certificada en el archivo de este Tribunal.
La Juez,

Abg. Anilec Silva Camacaro.

La Secretaria,

Abg. Noren Carvajal