Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños,
Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 26 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO: UP11-V-2012-000183
Vista la solicitud realizada el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Urachiche estado Yaracuy, mediante la cual remite actuaciones realizadas antes ese órgano administrativo que involucra a los ciudadanos RODOLFO JESUS HERNANDEZ CASTILLO , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nrro 17.156.472, domiciliado al final de de la carrera 02, sector Vigirima, de Urachiche, estado Yaracuy y a la ciudadana YOLIS CAROLINA TORRES MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 24.943.569, domiciliada en el sector La Ceiba de la cancha deportiva, bajando por la ultima calle en el municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy, en beneficio de la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho meses de edad, relacionado con la Responsabilidad de Crianza (custodia) y regimen de convivencia familiar de la niña antes mencionado y por cuanto el órgano administrativo de conformidad con el artículos 160 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, no le esta dado solicitar la tramitación de procedimiento ordinarios referente a Instituciones Familiares como es el caso en comento, este Tribunal no admite por ser contraria a la Ley especial que rige la materia. Por cuanto se hace necesario que el Procedimiento sea instado por un órgano competente se ordena remitir copias certificada de la actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, para que en su carácter de representante de niños, niñas y adolescentes que se encuentran residiendo en la jurisdicción de este estado Yaracuy proceda en consecuencia.
La Juez

Abg. Ana Matilde López Mercado.


La Secretaria,

Abg. Ada Conde