REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 30 de Mayo de 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: VENANCIO ARGENIS SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.261.447, domiciliado en el Sector Paulo Correa Calle 4, el Ceibal Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, y ANA MARILUZ MARCHAN ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.550.582, domiciliada en el Barrio Eleazar López Contreras el Ceibal Chivacoa, Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: BRIGIDA DEL CARMEN PEROZO ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-16.593.705, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la Vereda 4 entre Callejón Las Casitas y Terrenos Agricolas Comunidad el Ceibal Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, con una superficie aproximada de que mide: CIENTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTIMETROS (138,04 Mts2) consistentes en: Un rancho de una (1) sola pieza construido con paredes de bahareque, techo de zinc y piso de cemento pulido, con Una (1) puerta de entrada de hierro y otra puerta de madera trasera, totalmente cercadas dichas bienhechurías con cerca de estantillos de madera viva y muerta a Ocho (8) pelos de alambre de púas, con sus servicios de electricidad y aguas blancas y cloacas. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Benancio Suárez (11,60 ml), SUR: Vereda 4 su frente (11,60 ml), ESTE: Casa y Solar que es o fue de Leidys Parra (11,90 ml) y OESTE: Casa y Solar que es o fue de Carlos Noguera (11,90 ml). Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el Nro. 2016-2012.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).
El Juez
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria Acc.
Abg. Maricela Valle.
Abg.EBA/MV/gc