REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 14 de Noviembre del 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SILKYA FALCON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.124.457, con domicilio en la Comunidad de La Bartola Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y PEDRO SEGUNDO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.474.089 domiciliado en la comunidad de la Bartola Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana REINA MERCEDES PERALTA DE ALVARADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.968.973 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomento en un lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (Inti); que mide OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS ( 854,13 Mts2), con un área de construcción de DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON SIETE CENTIMETROS ( 214,07 Mts2) Ubicado en La calle El Samán esquina callejón el Samán, sector el Centro de la Comunidad de La Bartola Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de bloques totalmente frisadas, techo de acerolit y piso de cemento pulido, distribuida en un Garaje con Portón de Hierro, un sala con una puerta de entrada de hierro y una ventana de hierro, una cocina con una ventana de hierro, un comedor, cuatro habitaciones, tres con puertas y ventanas de hierro y dos baños , un interno y el otro externo, con una pieza individual construida con paredes de bloques frisada, techo de zinc, piso de cemento pulido con una puerta de madera y un baño interno cercada perimetralmente con pared de bloques rústicos, con servicios de aguas blancas y electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casas que son o fueron de Yomaira Alvarado y Reina Alvarado en 32.00 ml; SUR: Casa que es o fue de Carmen Santiago y calle el Samán su frente en 33.70 ml; ESTE: Callejón El Samán y casa que es o fue de Reina Alvarado en 45.50 ml; OESTE: Casas que son o fueron de Subjelis Alvarado y Felimòn Alvarado en 51.30 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-02-R02-108-04-27 Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 04 de Octubre de 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2308/2012.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-