REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 19 de Noviembre del 2012
Años: 202° y 153°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SILDA MATIAS ORTIZ DORTA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.458.666, con domicilio en la Comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ANAYIVE JIMENEZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.135.310 domiciliada en la comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de las Ciudadanas LIGIA MERCEDES AULAR LOPEZ, NANCY SULEIMA AULAR RAMIREZ, ALEIDA ANTONIA AULAR LOPEZ Y VILMA AULAR, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° V- 8.515.465; 12.285.839; 17.319.994 y 8.515.767 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que las solicitantes fomentaron en un lote de Terreno Propiedad Municipal, que mide CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS( 452,71 Mts2), Ubicado en La calle 04 entre avenidas 11 y 12 de la Comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa distribuida en: Un baño, cuatro habitaciones, una cocina, una sala-comedor, y patio, construida en paredes de bloques frisados, piso de cemento pulido, techo de zinc y acerolit con vigas de hierro, toda cercada en bloques de concreto; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Yirmi Cárdenas en 39.80 ml; SUR: Casa que es o fue de Carmen Valles en 40.30 ml; ESTE: Casa que es o fue de Carlos Ochoa en 12.40 ml; OESTE: Calle 4 su frente en 10.25 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22- 03- 01- U01- 112- 07- 18, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 15 de Marzo de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2274/2012.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,



Abg. Erlen Martínez



EBA/EM/klency.-