REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 22 de Noviembre de 2012
Años: 202º y 153º

Vista y revisada como ha sido exhaustivamente la presente causa signada bajo el Nº 212/2006 de CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO, introducida por la ciudadana OLGA MARIA VALDERRAMA HERNANDEZ en Beneficio de la ciudadana: ANA BELEN MARCIALES TARIFA y por cuanto este Juzgado observa que en el mismo se diò el estricto cumplimiento con la entrega del Inmueble objeto de la acción y vista la diligencia inserta al folio 209 suscrita y presentada por la ciudadana ANA BELEN MARCIALES TARIFA de fecha 15/05/2012, donde manifiesta su deseo de no continuar con la causa solicitando el cierre por cuanto la arrendataria ciudadana OLGA VALDERRAMA hizo entrega del inmueble dado en arrendamiento y por no existir otra actuación que practicar en la misma, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: Cerrar la presente causa por Consignación de Canon de arrendamiento, archivar el presente expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado para su Guarda y custodia.
El Juez,


Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,


Abg. ERLEN MARTINEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede dejando copia debidamente certificada. Conste,
La Secretaria,


Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/klency.-
EXP N° 212/2006