REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 09 de Noviembre del 2012
Años: 202° y 153°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARIA LELICIA RODRIGUEZ RIVERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.776.034 , con domicilio en la Comunidad Andrés Bello de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y VICTORIA ANABEL DIAZ NOGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.048.153 domiciliada en la Comunidad de Lambruschini de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana TAHIS ANABEL PEREZ CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.046.190 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomento en un lote de Terreno Municipal que mide NOVENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS ( 90,69 Mts2), Ubicado en el callejón José Félix Ribas, entre avenidas 3 y 4 de la Comunidad Andrés Bello de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de bloques rustico, techo de Zinc y piso de cemento rustico, distribuida en una sala, una cocina, una habitación, y un baño, cercado perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta a cuatro pelos de alambres de púas, con servicios de aguas blancas, cloacas y electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Kati Delgado en 8.55 ml; SUR: Terreno ocupado por Olga Blanco en 7.95 ml; ESTE: Callejón José Félix Ribas su frente en 10.80 ml; OESTE: Casa que es o fue de Gloria Vargas en 11.20 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-01-U01-107-08-09 Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy , en fecha 28 de Septiembre de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2295/2012.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La secretaria,



Abg. Erlen Martínez



EBA/EM/klency.-