REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSÉ ANTONIO PÁEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 09 de Noviembre de 2012
Años: 202° y 153°
Exp. Nº 1529-2012.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: PAULA TERESA SIRA CASTILLO, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: JAIRO ALEJANDRO BRIZUELA MEJIAS y EDGARDO JOSE MELENDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.469.029 y V- 14.541.800, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: PAULA TERESA SIRA CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.654.661, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra, cuya superficie es de: TRESCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS (315, 00 metros2), ubicado en la calle 05 Esquina Carrera 02, Sector Ezequiel Zamora, Barrio Payare, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Carrera (02); SUR: Parcela de la Señora Nieves Gómez; ESTE: Calle (05) y OESTE: Parcela del Señor Luís Gutiérrez. Las referidas bienhechurías consisten en una cerca de alambre de púas por los cuatro costados y estantillos de madera. Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Provisorio
Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de Nueve (09) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
MERP/faar.-