ASUNTO: UP11-J-2012-002242

SOLICITANTE: Mari Auri Carolina Sumoza Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.322.718, residenciada en al Caserío Madera, final del callejón, Municipio NIrgua estado Yaracuy.

NIÑO: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, BNIÑAS Y ADOLESCENTES), quien se encuentra asistida por la Defensora Pública Primera del estado Yaracuy.


MOTIVO: CURADOR AD-HOC (MATRIMONIO).


En fecha 18 de Octubre de 2012, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de CURADOR AD-HOC (MATRIMONIO), presentado por la ciudadana Mari Auri Carolina Sumoza Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.322.718, residenciada en al Caserío Madera, final del callejón, Municipio Nirgua estado Yaracuy, en su carácter de madre del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, BNIÑAS Y ADOLESCENTES), quien se encuentra asistido por la Defensora Pública Primera del estado Yaracuy, mediante la cual solicita se sirva nombrar CURADOR AD-HOC a su hijo, por cuanto en un futuro inmediato contraerá nupcias, proponiendo a la ciudadana ALEIDA RAMONA FLORES GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.339.734, residenciada en el sector madera final de calle principal, Municipio Nirgua, estado Yaracuy.

En fecha 23 de Octubre de 2012, se acordó admitir la presente causa, asimismo, se acordó oír a la persona postulada para ejercer el cargo CURADOR AD-HOC en esta causa, a fin de que manifestara su aceptación o excusa, se acordó al curador, se prescindió oír la opinión del niño, se hizo la advertencia de que cumplido el requisito exigido en el presente auto, se procedería a dictar sentencia dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes.

Al folio 10 del expediente, riela declaración de la ciudadana ALEIDA RAMONA FLORES GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.339.734, residenciada en el sector madera final de calle principal, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, “quien manifestó su aceptación para el cargo que fue postulado y juro cumplir fielmente con las funciones del mismo.


En razón de lo anterior, y por considerar quien juzga que se ha dado cumplimiento a los extremos de la ley, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, BNIÑAS Y ADOLESCENTES)quien se encuentra asistido por la Defensora Pública Primera del estado Yaracuy, a la ciudadana ALEIDA RAMONA FLORES GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.339.734, residenciada en el sector madera final de calle principal, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, solicitud interpuesta por la ciudadana Mari Auri Carolina Sumoza Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.322.718, residenciada en al Caserío Madera, final del callejón, Municipio Nirgua estado Yaracuy, quien contraerá matrimonio próximamente. Entréguese a la parte solicitante un juego de copia certificada de la presente decisión para que surta sus respectivos efectos de Ley y entréguese los documentos originales a la parte que los produjo.
Publíquese, regístrese, y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe a los nueve (9) días del mes de Noviembre de 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza,

Abg. ANILEC SILVA CAMACARO
La Secretaria

Abg. Wendy Betancourt

En la misma fecha se publicó el anterior fallo, siendo las 9:57 de la mañana.
La Secretaria

Abg. Wendy Betancourt