REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 10 de Octubre del 2012
Años: 202° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EGDALY RODRIGUEZ ROMERO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V -17.611.010 domiciliada en la Calle 1 entre Avenidas 1 y 2 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JULIO ENRIQUE ANGULO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.690.060 y domiciliado en la Avenida Principal la Libertad entre vereda 4 y 5 en la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana TANIA LUCIA MARCHAN COROBO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.365.368, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno del Inti, ubicado al final de la Calle 4 con vereda 7, Comunidad la Libertad de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 536,89 Mts2, dicha bienhechuría posee las siguientes características: un (1) casa construida con paredes de bloque totalmente rustico, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuido de la siguiente manera: una (1) sala con una (1) puerta de entrada de hierro y una (1) ventana de hierro, una (1) cocina con una (1) puerta de hierro trasera, una (1) habitación y un (1) baño, cercada perimetralmente dicha bienhechuría con estantillos de madera viva y muerta a tres (3) pelos o cintas de alambres de púas con servicios de aguas blanca y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno Valdio en 52,00 ml; SUR: Casas que es o fue de Sora Piña y Final Calle 4 su frente en 52,00 ml; ESTE: Vereda sin nombre en 10,15 ml OESTE: Zanjón Gallinazo en 10,45 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO Código Catastral N° 22 03 01 U01 110 01 01 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 22 de Agosto del 2012. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2195/2012.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.