REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 10 de Octubre del 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EVA MILAGROS VELIZ GUEDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.313.273, con domicilio en la Comunidad de San José de Bruzual de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ROLANDO PADRON REA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.178.144 domiciliado en la Comunidad de San José de Bruzual de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana JUANA RAMONA RIVERO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.476.101 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad Privada de Promociones Campo Elías C.A; que mide DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (203,50 Mts2), Ubicado en la Vía de acceso a la calle 2 entre avenidas Che Guevara y avenida 3 de la Comunidad de San José de Bruzual de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de un rancho construido con paredes de madera con barro y cemento, techo de zinc y piso de cemento rustico una parte y la otra con terracota, con una puerta de entrada y otra trasera ambas de hierro, distribuida en: Una cocina-comedor, una habitación y un baño, cercado con estantillos de madera viva y muerta a cuatro pelos de alambres de pùas, con servicios de aguas blancas y electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno que es o fue ocupado por Carlos Castillo en 20.35 ml; SUR: Terreno que es o fue ocupado por María Crespo en 20.35 ml; ESTE: Terreno que es o fue ocupado por Yenifer Pérez y vías de acceso a la calle 2 su frente en 9.00 ml; OESTE: O.C.V Los Bolivarianos en 10.00 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-01-U01-120-45-04 Otorgado por
la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Julio de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2198/2012.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-