REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 05 de Octubre del 2012
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE GREGORIO MENDOZA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.312.669 domiciliado en la Tercera Calle de Teteiba de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSE RAUL BARAZARTE MARANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.513.841 domiciliado en el Barrio Sabana la Horca Carretera Principal de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano NEURO DE JESUS CARRASQUERO RUBIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10.601.616 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Avenida 2 entre Calle 3 y 4 Comunidad Teteiba Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 519,00 Mts2 y un Área de Construcción de 24,00 Mts2 dicha bienhechuría consiste en una (1) casa, con techo de acerolit; con las siguientes características: dos (2) habitaciones, una (1) sala comedor, un (1) baño, una (1) cocina, un (1) garaje, todo cercado de bloques , y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 2 ( su frente) en 17,30 ml; SUR: Casa de Pablo Rodríguez en 17,20 ml; ESTE: Terreno Municipal en 30,00 ml OESTE: Casa de Josefina Tovar en 30,00 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 AR2 109 03 05 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 24 de Febrero del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2065-2012.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.