GADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Nirgua, veintiséis (26) de octubre del año dos mil doce
202º y 153º
Vista la solicitud formulada por el ciudadano: OSCAR ANTONIO CAMACARO HENRÍQUEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 5.464.476 y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio: ELÍAS ANTONIO PIÑERO HENRÍQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.387.715, I.P.S.A. N° 61.536 y de este domicilio, mediante la cual requiere la verificación por vía de inspección judicial y experticia de las características e identificación del vehículo reseñado en la citada solicitud, alegando que por haber sufrido un accidente de tránsito en fecha veintiuno (21) de agosto de 2006, su vehículo sufrió desperfectos en su parte delantera y el área lateral izquierda, guardafango y puerta que hizo necesario que le sustituyera estas últimas piezas por otras usadas pero en buen estado, dado el estado de deterioro en que quedaron las correspondientes al referido vehículo, por lo que al sustituirlas, desapareció el serial alfanumérico que va incorporado a la puerta y que identifica la carrocería del vehículo, por lo que se procedió a admitir la misma y ordenar la evacuación de la prueba de inspección y de informe solicitada, por lo que este tribunal con asistencia de los ciudadanos: Sargento Mayor (TT) WILMER RODRÍGUEZ y C/2do (TT) NORDID JOSÉ MONTERO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.278.456 y V- 14.490.024, respectivamente con domicilio en esta ciudad, ambos adscritos al Instituto de Transporte y Tránsito del Municipio Nirgua, estado Yaracuy, quienes presentaron además un detallado informe sobre el estatus legal del vehículo referido, procedió a verificar los datos de identificación del mismo dando el siguiente resultado: placas 462XFU, marca Internacional, Modelo: R-160, color azul, tipo: Estaca, año 1954, uso carga, presentando en el área frontal del chasis del lado izquierdo donde la planta ensambladora estampa un troquel en bajo relieve el numérico siguiente “11217” el cual se determina ORIGINAL, 2) Conforme a informe expedido por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Delegación Estatal Yaracuy, Sub Delegación Nirgua, se constató que el vehículo al cual se refiere esta solicitud e identificado con las placas 462XFU, marca Internacional, Modelo: R-160, color azul, tipo: Estaca, año 1954, uso carga, no registra solicitud por delitos para la presente fecha y aparece registrado en el SETRA a nombre de CAMACARO HENRÍQUEZ OSCAR ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° V- 5.464.476. 3) El vehículo en cuestión al verificarlo ante el sistema SIIPOL E INTT, registra características con el serial de carrocería N° G1641121, observándose una disparidad con el serial original “11217” de carrocería que presenta estampado el vehículo, lo cual concatenado con el acta emanada del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre que corre a los folios 5 al 14, de este expediente, en donde se reseña un accidente de tránsito en el cual estuvo involucrado el vehículo cuyas características se han referido, las cuales tienen el valor de documento público administrativo, arrojan suficientes indicios para dar por demostrado la causa por la cual el solicitante indica se vio en la necesidad de cambiarle el guarfangos y puerta izquierda al vehiculo referido e instalarle los que hoy porta el mismo, por lo que este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara suficientes dichas probanzas para dar por demostrada las razones por las cuales el referido vehículo no presenta la chapa alfanumérica que debía estar incorporada en la puerta lateral izquierda de dicho vehículo como identificadora de la carrocería del mismo y en consecuencia el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, deberá corregir el certificado de propiedad del vehículo ampliamente identificado en estos autos y colocarle al referido certificado en el espacio para el número del serial de carrocería, el numérico: 11217, que es el que presenta estampado en original, por la empresa ensambladora, el chasis de vehículo referido, así mismo señalar que no presenta serial de carrocería en sitio distinto al chasis, por lo que se le sugiere IMPRONTAR el señalado vehículo en los términos aquí indicados. Así se decide.-
El Juez Titular
Abog. Iván Palencia Arias
La Secretaria Titular
Abog Melida Rodríguez
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