República Bolivariana de Venezuela



Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Años: 202º y 153º


EXPEDIENTE Nº: UP11-L-2010-000265

PARTE DEMANDANTE: ORLANDO AVENDAÑO

APODERADO JUDICIAL: Abg. JOSE DOMINICIANO SEGURA y JOSMIR SEGURA

PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE PACCOR C.A. y TRASNPORTE PAFF C.A.

APODERADO JUDICIAL: Abg. JAVIER SUAREZ

PARTE CODEMANDADA: MOLINOS VENEZOLANO C.A. (MOLVENCA)

APODERADO JUDICIAL: Abg. ARMANDO ROJAS

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Se inicia el presente proceso de juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios Laborales sigue el ciudadano ORLANDO AVENDAÑO, titular de la cedula de identidad Nº 16.973.165, el cual fue llevado ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha 29 de Junio de 2010, en contra de, TRANSPORTE PACCOR C.A., TRASNPORTE PAF C.A. y solidariamente a MOLINOS VENEZOLANO C.A. (MOLVENCA).

En vista de la incomparecencia a la Audiencia de juicio de fecha 19 de Octubre de 2012, de la parte demandante ORLANDO AVENDAÑO, o de su Apoderado judicial, de conformidad con el Articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:

PRIMERO: DESISTIDO el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios Laborales interpuesto por el ciudadano ORLANDO AVENDAÑO contra TRANSPORTE PACCOR C.A., TRASNPORTE PAF C.A. y solidariamente a MOLINOS VENEZOLANO C.A. (MOLVENCA), plenamente identificados en los autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la ley.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en San Felipe veintiséis (26) día del mes de Octubre del año 2012. Años: 202º y 153º.
El Juez;

Abg. Carlos Manuel Fuentes
El Secretario;

Abg. Luís Eduardo López

En la misma fecha se publicó siendo las 10:00 de la mañana.

El Secretario;

Abg. Luís Eduardo López