REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 29 de octubre de 2012
AÑOS: 202º y 153º
ASUNTO: UP11-V-2012-000443
PARTE ACTORA: Ciudadano RICARDO JAVIER GOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.271.004.
PARTE DEMANDADA: Ciudadana FRANCISCA DOMINGA ANDASOL DE GOYO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.853.936.
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO (Causal 2da del Artículo 185 del Código Civil)
En fecha 28 de junio de 2012, fue recibida la Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, fundamentada en la causal 2da del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano RICARDO JAVIER GOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.271.004, en contra de la ciudadana FRANCISCA DOMINGA ANDASOL DE GOYO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.853.936. En 2 de julio de 2012, fue admitida y se ordenó la notificación de la parte demandada y de la representación fiscal.
En fecha 17 de septiembre de 2012, se certificó boleta de notificación del demandado debidamente firmada y agregada, cursante a los folios 19 al 21 de este expediente.
En fecha 19 de septiembre de 2012, se fijó la fase de mediación única de la audiencia preliminar para el día 3 de octubre de 2012, a las 11:00 a.m., la cual se celebró en su debida oportunidad, dejándose constancia de la comparecencia de la actora y de la comparecencia de la demandada, quienes llegaron un acuerdo con respecto a las instituciones familiares.
En fecha 3 de octubre del presente año, se fijó la fase de sustanciación de la audiencia preliminar para el día 29 de octubre de 2012, a las 10:00 a.m. En fecha 29 de octubre de 2012, se deja constancia que ninguna de las partes presentó escrito de pruebas.
En fecha 29 de octubre de 2012, siendo la oportunidad para la celebración de la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, se dejó constancia de que la demandante ciudadano RICARDO JAVIER GOYO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.271.004 y la ciudadana FRANCISCA DOMINGA ANDASOL DE GOYO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.853.936, NO COMPARECIERON POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL. Por lo que se dejó constancia de la incomparecencia de las partes, y el tribunal dictó el dispositivo oral, declarando terminado el presente asunto y ordenando el archivo del expediente.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Siendo que en la oportunidad para la realización de la audiencia de sustanciación, se dejó constancia de la no comparecencia de la parte actora, y la no comparecencia de la parte demandada. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvase originales de los instrumentos presentados, déjese copia certificada de estos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año 2012. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Belkis Morales de Rodríguez
La Secretaria,
Abg. Reina Isabel Villegas
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