REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 11 de Abril del 2013
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JUAN VALDERRAMA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.706.128 con domicilio en La Comunidad de El Ceibal Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y PEDRO LUIS OLIVO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.578.565, domiciliado en la Comunidad de El Ceibal Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los Ciudadanos GERTRUDIS DEL CARMEN MENDOZA DE GUTIERREZ Y MANUEL ANTONIO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 5.456.922 y V- 2.729.540 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que los solicitantes fomentaron sobre un Lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierra (Inti); que mide NOVECIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON CATORCE CENTIMETROS ( 940,14 mts 2) con un área de construcción de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS ( 576,30 Mts2), Ubicado en La Calle La Pastora entre Quebrada Morrocoyal y calle Los Rojas de la Comunidad de El Ceibal de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, una casa construida con paredes de bloques frisados, techo de platabanda y acerolit, piso de cerámica, distribuida en un porche, una sala con una puerta de entrada de vitral y protector de hierro forjado, y dos ventanas de vitral y protector de hierro forjado, una cocina, un comedor con una ventana de vitral y protector de hierro forjado, tres habitaciones con puerta de madera y ventanas panorámicas y protectores de hierro forjado, una de las habitaciones con un baño incorporado empotrado en cerámicas, y un baño independiente empotrado en cerámica con una puerta de madera y ventana de bloques de ventilación, cercada perimetralmente con paredes de bloque rustico con sus servicios de electricidad, cloacas y aguas blancas; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Via de servicio en 22,00 ml ; SUR: Calle La Pastora su frente en 16.85 ml; ESTE: Casa que es o fue de Juan Vargas en 46.45 ml; OESTE: Casa que es o fue de Juan Valderrama en 43.95 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-118-09-05 Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 29 de Enero del año 2013. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2527/2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-