REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 30 de Abril de 2013.
Años: 202° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOHANA CAROLINA MENDOZA TORREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.798.312, domiciliada en la comunidad de Sabana de la Horca de la Parroquia campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, JESUS HERNAN MARIÑO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 3.869.349, domiciliado en la Calle El Samán, Vía Poa Poa, Sector la Carretera de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, KARINA ALVARADO RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.953.709, civilmente hábil, domiciliada en la Calle 1, entre calle Principal y terrenos Agrícolas Comunidad Sabana de la Horca, Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de TRESCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (313,50 Mts2), Ubicado en la Calle 1, entre calle Principal y terrenos Agrícolas Comunidad Sabana de la Horca, Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Casa de habitación con paredes de bloque 0,15, cubierta de acerolit, instalaciones de aguas blancas y negras, e instalaciones eléctricas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Diana Deviez, con una longitud de 20.90 M; SUR: Casa que es o fue de Berusca Laya, con una longitud de 20.90 M; ESTE: Calle 1, su frente, con una longitud de 15.00 M; y OESTE: Casa que es o fue de la Flia. Barradas, con una longitud de 15.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 R01 102 23 10, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 31 de Agosto de 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2525-2013.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA


La secretaria,



Abg. Erlen Martínez.-


EBA/EM/AA.-