REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 05 de Agosto del 2013
Años: 202° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos MARITZA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.959.378 con domicilio en la comunidad de de la Libertad de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MARLENIS DUNO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.157.921, domiciliada en la comunidad de de la Liberad de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana MARY CRUZ CISNERO MUJICA, Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nro V- 10.889.141; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó sobre una Parcela de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (Inti), que mide CIENTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (147,20 mts2), Ubicado en la Avenida 5 entre calle 1 y callejón sin nombre de la Comunidad de la Libertad de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, un cerca perimetral construida con estantillos de madera viva y muerta a cinco pelos de alambres de púas con sus servicios de electricidad, aguas blancas y cloacas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 5 su frente en 10.00 ml; SUR: Casa que es o fue de Jesús González en 10.00 ml; ESTE: Casa y solar que es o fue de Duno Meléndez en 15.00 ml; OESTE: Casa y solar que es o fue de Maritza Castillo en 15.00 ml, Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-110-20-02, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Febrero del año 2013. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2707/2013.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,


Abg. Erlen Martínez




EBA/EM/klency.-