REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 16 de Diciembre de 2013
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARIA LUISA DURAN ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.725.980 y domiciliada Comunidad de la Virgen Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. y llamarse GITZY MAYRET GRIMAN BARAHONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.482.110 y domiciliada en la Comunidad de la Virgen, Calle principal Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: DEISY RAQUEL PARRA PEREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 6.341.774 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle la Escuela entre Callejon El Roble y Calle 2 Comunidad, La Virgen Municipio Bruzual Estado Yaracuy, que mide una superficie de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS ( 957,51 mts2), y con un Área de construcción de CIENTO UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS ( 101,64 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una casa, construida de bloque de concreto, frisada, puertas y ventanas de metal, techo de platabanda, distribuida de la siguiente manera Un (1) porche, Un (1) recibo, Tres (3) habitaciones, un (1) comedor, una (1) cocina, Dos (2) Baños y Un (1) corredor, las misma posee los servicios públicos de aguas blanca, aguas servidas, luz, la cerca perimetral de bloque de concreto, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de Marcelina Prado en 19,15 ml ; SUR: Calle la Escuela su frente en 21,60 ml; ESTE: Casa que es o fueron de Luisa durant y Inmaculada Natera en 48,95 ml; OESTE: Cancha Deportiva en 45,55 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Nº 22 03 02 AR 112 45 10, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 12 de Julio de año 2012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 2779/2013.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ