REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Urachiche, 12 de Diciembre de 2013
Años: 203° y 154°
Exp. Nº 1768-2013.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano: EULALIO DE JESUS MENDOZA, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanas: ZAIDA MARIA AGÜERO COLINA y KARINA FERNANDEZ LINAREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.241.571 y V- 15.023.258, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: CARMEN PASTORA MENDOZA MONJES, titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.267.307, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, con una superficie de: CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (464,09 M2), con un área de construcción de: NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (98,42 M2), ubicado en la carrera 05, entre calles 04 y 05, Barrio Copa Redonda, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En línea de dieciocho metros con veinte centímetros (18,20 mts) con carrera 03; SUR: En una primera línea de once metros con veinticinco centímetros (11,25 mts) y una segunda línea de seis metros con cincuenta centímetros con parcela Sra. Carmen Balsa; ESTE: En una primera Línea de dieciséis metros con veinte centímetros (16,20 mts) con parcela y casa Sr. José Simón Mena y una segunda línea de dieciséis metros (16,00 mts) con parcela y vivienda Sra. Ninon López; y OESTE: en línea de treinta y un metros con diez centímetros (31, 10 mts) con parcela y casa Sr. Eduardo Tinoco. Las referidas bienhechurías consisten en: Una (01) casa de paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit distribuida con 3 habitaciones, sala cocina, 1 baño, con sus respectivas puertas y ventanas y cerca de bloques en toda el área de terreno. Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Provisorio;

Abg. Marlyn Emilia Rodrígues Pérez
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suarez V.

En la misma fecha se devuelve constante de Diez (10) folios útiles.

La Secretaria;

Abg. Yuly R. Suarez V.
La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, C E R T I F I C A: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio (10) del expediente distinguido con el Nº 1768-2013. Urachiche, a los Doce (12) Días del mes de Diciembre de 2013.-
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.

MERP/faar.-