REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 17 de diciembre de 2013
AÑOS: 201º y 152º

ASUNTO: UP11-J-2013-001833

SOLICITANTES: Ciudadanos ERWIN DWIGTH MUJICA FIGUEIRA y LISBETH MARISOL SUAREZ PORTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.512.952 y 7.919.872 respectivamente.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

En fecha 29 de octubre de 2013, se recibió solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del código civil, interpuesta los ciudadanos ERWIN DWIGTH MUJICA FIGUEIRA y LISBETH MARISOL SUAREZ PORTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.512.952 y 7.919.872 respectivamente. Se admitió la presente demanda el día 31 de octubre de 2013. Se fijó la audiencia de evacuación de pruebas, para el día 17 de diciembre de 2013, a las 11:30 a.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la dejándose expresa constancia de la incomparecencia de los solicitantes ciudadanos ERWIN DWIGTH MUJICA FIGUEIRA y LISBETH MARISOL SUAREZ PORTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 7.512.952 y 7.919.872 respectivamente.
Ahora bien, vista la incomparecencia de las partes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de 2013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Juez,

Abg. BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ

La Secretaria,

Abg. TERESA CASTRILLO

En la misma fecha, se publicó y siendo las 12:38 p.m., se registró la anterior decisión.-

La Secretaria,