PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 14 de enero de 2013
AÑOS: 202º y 153º
ASUNTO: UP11-J-2012-002595
Solicitante: Ciudadano EDGAR ANTONIO GÓMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.55.773.
Beneficiaria: La adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA., de 13 años de edad, en su condición de hija de la causante NORELYS MERCEDES FERNÁNDEZ GARCÍA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.374.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE COBRO DE BENEFICIOS.
En fecha 18 de diciembre de 2012, fue admitida por este Tribunal, la solicitud interpuesta por el ciudadano EDGAR ANTONIO GÓMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.55.773, en su condición de padre y representante legal, de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de 13 años de edad, en su condición de hija de la causante NORELYS MERCEDES FERNÁNDEZ GARCÍA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.374, asistida por la defensora pública Segunda abogada YASNELA MARTINEZ, quien solicita Autorización judicial, a los fines de poder cobrar por ante las instituciones que corresponda el cobro de Prestaciones Sociales, así como cualquier otro beneficio o prestación que por su relación laboral, tales como Fideicomiso, caja de ahorros, seguro de vida, pensión de sobreviviente, que le corresponden con motivo del fallecimiento del padre de la adolescente antes mencionada, quien en vida era NORELYS MERCEDES FERNÁNDEZ GARCÍA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.374, fallecida en fecha 13 de octubre de 2012.
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, esta Juzgadora observa:
Se evidencia de autos que cursa Copia del acta de Nacimiento de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de 13 años de edad, quien es hija del ciudadano EDGAR ANTONIO GÓMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.55.773 y de la causante NORELYS MERCEDES FERNÁNDEZ GARCÍA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.374, fallecida en fecha 13 de octubre de 2012, tal como se evidencia del folio 15 de este expediente, dichas documentales son apreciadas por esta Juzgadora y le otorga su justo valor probatorio, por ser este un documento público. Asimismo, cursa en autos Copia certificada del Titulo, cursante a los folios 4 al 23 de este expediente que declara como unos de los herederos de la causante NORELYS MERCEDES FERNÁNDEZ GARCÍA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.374, fallecido en fecha 13 de octubre de 2012, a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de 13 años de edad, el cual es apreciado por esta Juzgadora y le otorga su justo valor probatorio.
Demostrado como ha quedado la procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL al ciudadano EDGAR ANTONIO GÓMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.55.773, para que la pueda en nombre y representación de su hija la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de 13 años de edad, proceda a cobrar y realizar los trámites correspondiente por ante los organismos correspondientes para el cobro de Prestaciones Sociales, así como cualquier otro beneficio o prestación que por su relación laboral, tales como Fideicomiso, caja de ahorros, seguro de vida, pensión de sobreviviente, que le corresponde con motivo del fallecimiento de la madre de la adolescente quien en vida era NORELYS MERCEDES FERNÁNDEZ GARCÍA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.836.374, fallecida en fecha 13 de octubre de 2012. Así se decide.
Tráigase a los autos, CHEQUE a nombre de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a la Oficina de Control de Consignaciones, por la suma de dinero que le pueda corresponder a la adolescente de autos de autos, a los fines de abrir una cuenta de ahorros en una entidad bancaria de la localidad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los catorce días del mes de enero de 2013. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza,
Abg. BELKIS MORALES DE RODRÍGUEZ La Secretaria,
Abg. REINA ISABEL VILLEGAS
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, se cumplió con lo ordenado. La Secretaria,
ASUNTO: UP11-J-2012-002595 Abg. REINA ISABEL VILLEGAS
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