REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 25 de Febrero de 2013
Años: 202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE GREGORIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 8.566.023, domiciliado en el Sector Cumaripa, Frente a la Troncal 11, del Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, JUAN ANTONIO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 17.156.453, domiciliado en el Sector Cumaripa, Calle Principal, Segunda Entrada, Casa N. 14 19, del Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana LORENIS VICTORIA MENDEZ PARRA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.992.615, de este domicilio; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi, que mide una superficie de DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS (225,00 Mts2); Ubicado en la Calle el Beisbol entre Segunda Entrada y Tercera Entrada, Comunidad Cumaripa, de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) cerca perimetral, construida con estantillos de madera viva y muerta a 05 cintas o pelos de alambres de puas, con servicios de aguas blancas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Juan Méndez, en una longitud de 15,00 M; SUR: Casa que es o fue de Gumersinda Moreno, en una longitud de 15,00 M; ESTE: Casa que es o fue de Arcilia Parra, en una longitud de 15,00 M; y OESTE: Calle el Beisbol, su frente, en una longitud de 15,00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento, N° 22 03 01 R01 126 15 21 otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Enero del año 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2469-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/Audry.-