Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de San Felipe
San Felipe, 28 de Febrero de 2013
202º y 154º
ASUNTO: UP11-J-2013-000217
SOLICITANTES: La ciudadana CARMEN YOLANDA FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.281.425 asistida por el abogado REYNALDO GOMEZ, en su condición de Defensor Público Cuarto de este Estado, en beneficio de (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
MOTIVO: TITULO DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS.

En fecha 22 de Enero de 2013, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, representado por la ciudadana CARMEN YOLANDA FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.281.425 asistida por el abogado REYNALDO GOMEZ, en su condición de Defensor Público Cuarto de este Estado, en beneficio de (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), mediante la cual solicita se les declare a la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y a ella en su condición de cónyuge, del ciudadano HERNAN JOSE TORREALBA quien era titular de la cédula de identidad Nº 16.483.471, fallecido ab-intestato en fecha 07 de Febrero de 2012.
En fecha 19 de Agosto de 2012, se admitió la presente causa, asimismo, se acordó prescindir de la realización de la audiencia de la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, y decidir la solicitud dentro de los cinco (5) días siguientes de que constara en autos, la declaración de los testigos promovidos.
A los folios 10 y 11 del expediente, rielan declaraciones de las testigos, ciudadanos ANA PASTORA LEON HEREDIA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 16.111.048, Militar activa domiciliada en la Mercedes, avenida principal, Granja Alpi, municipio San Felipe estado Yaracuy y la ciudadana MARYERYS MARINA MORENO EULACIO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 21.302.043, Ama de Casa domiciliada en la Mercedes, municipio San Felipe estado Yaracuy; quienes impuestas del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley que sobre testigos pauta el Código de Procedimiento Civil,
Revisadas las actuaciones del expediente y por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, en consecuencia, este Tribunal Tercero de primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a la ciudadana CARMEN YOLANDA FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.281.425 y a la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), como herederos del ciudadano HERNAN JOSE TORREALBA quien era titular de la cédula de identidad Nº 16.483.471, fallecido ab-intestato en fecha 07 de Febrero de 2012, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos. Entréguese original y cinco juegos de copias certificadas del presente asunto una vez quede definitivamente firme la presente sentencia.
Devuélvase los originales con sus resultas a los solicitantes con cuatro juegos de copias certificadas y déjese copia fotostática certificada en el archivo de este Tribunal. San Felipe a los veintiocho (28) días del mes de Febrero de 2013. Año 202º y 153º.
La Jueza,

Abg. ANA MATILDE LOPEZ MERCADO.
La Secretaria,

Abg.Reina Villegas.

En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg.Reina Villegas.