JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 7 de Febrero de 2013
AÑOS: 202º y 153º
ASUNTO: UP11-V-2012-000934
Parte Actora: El Abogado FRANCISCO PÉREZ GONZÁLEZ, en su condición de Fiscal Auxiliar Séptimo (E) del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, a solicitud del ciudadano ARTURO JOSE VILLEGAS CEIBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.553.669, en beneficio de su hijo (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
Parte Demandada: La ciudadana WENDY CAROLINA YOVERA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Urbanización Arístides Bastidas, al frente de la cancha, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas, estado Yaracuy, con Cédula de identidad N° 16.262.637.
MOTIVO: Otorgamiento de Custodia.

En fecha 20 de Diciembre de 2012, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de Otorgamiento de Custodia, interpuesto por el Abogado FRANCISCO PÉREZ GONZÁLEZ, en su condición de Fiscal Auxiliar Séptimo (E) del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, a solicitud del ciudadano ARTURO JOSE VILLEGAS CEIBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.553.669, en beneficio de su hijo ARTURO JOSE, en contra de la ciudadana WENDY CAROLINA YOVERA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Urbanización Arístides Bastidas, al frente de la cancha, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas, estado Yaracuy, con Cédula de identidad Nº 16.262.637.
En fecha 07 de Febrero de 2013, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada Ana Matilde López Mercado, por la secretaria abogada Katiusca Pérez, y por el alguacil, ciudadano Oswaldo Orochena. Se dejó constancia se dejó constancia que se inició la celebración de la audiencia de la fase de mediación y vista la incomparecencia de las partes quien aquí decide actuando de conformidad con el articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el presente procedimiento.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara desistido el procedimiento de Obligación de Manutención, de conformidad con el articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO de Otorgamiento de Custodia, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvase los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y déjese copia certificada de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, de conformidad con la ley.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, siete (07) días del mes de Febrero de 2013. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Ana Matilde López Mercado.
La Secretaria,

Abg. Reina Villegas.

En esta misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las 11:52 a.m.

La Secretaria,

Abg. Reina Villegas.