REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
AÑOS: 203° y 154°
EXPEDIENTE 14.449
DEMANDANTE ABG. ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ, Inpreabogado N° 24.555, Apoderada Judicial del ciudadano ARMELIO JOSÉ AMARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.517.426.
DEMANDANDA Sociedad Mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ORIGABY C.A., representada por el ciudadano JOSE GABRIEL SERVA ALVAREZ DE LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.504.466.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA RASSIEL DONQUIS, EUCLIDES VARGAS y PATRICIA COROMOTO COLMENARES, IPSA N° 141.960, 121.186 y 177.872
ASUNTO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
San Felipe, 03 de julio de 2013
Vista la diligencia que antecede, presentada por la parte actora, mediante la cual insiste en hacer valer la prueba documental, se admite la prueba de cotejo, en los términos en que fue promovida, en consecuencia emplácese a la ciudadana Aura Esther Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.479.016, en la sede de la empresa Origaby C.A., en su carácter de empleada, a fin de que comparezca por ante este tribunal al segundo día de despacho siguiente a su citación a las 11:00 a.m., a fin de que extienda su firma y copie dictado, a fin de proceder a realizar la prueba de cotejo conforme lo dispuesto en el artículo 448 del Código de Procedimiento Civil.
De igual forma se fija las 11:00 a.m., del segundo día de despacho siguiente al de hoy para que tenga lugar el acto de nombramiento de expertos, las partes deberán comparecer con la constancia de aceptación del experto postulado conforme lo dispuesto en el artículo 454 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
Abg. Camilo Chacón Herrera.
La Secretaria,
Abg. Joisie James Peraza
En esta misma fecha se libró boleta de citación.
La Secretaria,
CCH
Exp. 14.449