REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 15 de Julio de 2013.
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE GREGORIO RUMBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 11.651.679, domiciliado en la Comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, KEILA ELIANA NARANJO PIÑERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 13.267.977, domiciliada en la Calle 4 con Avenida 5, Monte Oscuro, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, MARIA JUSTINA CONDE DE LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.507.349, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propio, según consta de Documento debidamente Registrado por ante el Registro Publico del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 01-07-2013, inscrito bajo Nº 2013.98, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 460.20.2.1.1142, y correspondiente al libro de Folio Real del año 2013; que mide una superficie de CIENTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS (157.38 Mts2), con un Área de Construcción de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS (78.57 Mts2), Ubicado en la Avenida 5, entre calles 3 y 4, Comunidad Monte Oscuro, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de paredes de bloques, techo de estructura metálica y cubierta de zinc, frisada, ventanas y puertas de hierro, dividida en dos (02) habitaciones, sala, cocina – comedor, piso de cemento pulido, un (01) lavadero, un (01) baño con cerámica, un corredor de paredes de bloque con techo de asbesto y un (01) deposito, cercada de bloques, puertas de hierro y mejoras en construcción, con instalaciones eléctricas, tuberías de aguas blancas y cloacas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Emma Ramírez y Lucrecia Camacho, 4.95 M; SUR: Avenida 5 Su Frente, 10.20 M; ESTE: Casa que es o fue de Marcelino López, 21.40 M; y OESTE: Casa que es o fue de Alejandro López, 12.10 – 5.10 – 9.80 M, Según se evidencia en Cedula Catastral Nº 22 03 01 U01 104 50 05 02, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 13 de Junio de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2680-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-
EBA/EM/Audry.-